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Miércoles, 25 Diciembre 2024

Diputados aprobó ley que busca desalentar el robo y comercio ilegal de autopartes y neumáticos


Según señalan los fundamentos de esta iniciativa, el objetivo del control no sólo tiene fines “tributarios y administrativos sino en la lucha contra el delito y la inseguridad, desarticulando de este modo el circuito de venta clandestina de autopartes, cubiertas y neumáticos”.

La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo mediante el cual se pretende poner freno al robo y comercio ilegal de neumáticos y autopartes de dudosa procedencia. También, a propiciar la presencia del Estado en el control permanente de los establecimientos dedicados a la compra y venta de estos elementos.

Según señalan los fundamentos de esta iniciativa, el objetivo de este control no sólo tiene fines “tributarios y administrativos sino en la lucha contra el delito y contra la inseguridad, desarticulando de este modo el circuito de venta clandestina de autopartes, cubiertas y neumáticos”.

La ley establece que la autoridad de aplicación del Régimen Legal para el Desarmado de Automotores y venta de sus autopartes es la Dirección Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios y, en el ámbito provincial, el Ministerio de Seguridad.

La autorización definitiva para desarmaderos emitida por el Registro Único de Desarmaderos y Actividades Conexas (RUDAC) “es la única válida a los efectos de esta ley, la cual deberá encontrarse a la vista del público en el local de venta y también de forma digital si su ofrecimiento fuere a través de la web, teléfono, redes sociales u otra forma tecnológica, o en los medios de comunicación cualquiera sea su forma”.

Dispone además que el personal policial que, realizando inspecciones en desarmaderos, locales de compra y venta de autopartes, gomerías y locales de compra y venta de neumáticos y ruedas, advierta la posible comisión de un hecho ilícito, deberá dar inmediata intervención al Ministerio Público Fiscal, y solicitar “las medidas procesales que considere necesarias para hacer cesar los efectos del delito en forma inmediata”.

El funcionario judicial interviniente podrá secuestrar aquellos elementos que no cuenten con la documentación respaldatoria correspondiente y, además, disponer su inmediata destrucción y/o compactación. El procedimiento para esa medida estará a cargo del Ministerio de Seguridad y deberá realizarse en el término de 24 horas hábiles de ordenada la medida. Los elementos a destruir deberán estar custodiados por personal policial a fin de asegurar el resultado del procedimiento.

La ley establece entre otros conceptos que la destrucción y/o compactación podrá efectuarse en el mismo lugar donde se realizó el secuestro y que el Ministerio de Seguridad realizará la medida por sí o por un tercero bajo las formas de contratación del Estado, teniendo en cuenta todas las disposiciones ambientales vigentes en la provincia.

Por otra parte, dispone que la compra de autopartes y/o elementos del automóvil en desarmaderos o locales de compra y venta de autopartes que no cuenten con la autorización definitiva del Registro Único de Desarmaderos de Autopartes y Actividades Conexas (RUDAC) encuadra en las disposiciones del artículo 116 del Código Contravencional.

Finalmente, la ley sancionada en Diputados autoriza al Poder Ejecutivo a realizar convenios con organizaciones sociales que tengan como objeto la reutilización de neumáticos.

La fundamentación destaca que en esta normativa “se coordina la actuación del Ministerio de Seguridad en su función de autoridad de aplicación de la Ley 25671 con el Ministerio Público Fiscal de la Provincia y los Jueces Contravencionales, mediante un procedimiento específico de actuación donde el Estado en su conjunto lucha contra el flagelo del robo de autopartes y neumáticos, problemática que actualmente aqueja a la sociedad toda, la cual reclama la urgente intervención del Estado”.

 

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